Según el TJUE, España "no ha demostrado que las medidas adoptadas sean necesarias ni proporcionadas" y ha indicado que existen medidas "menos restrictivas e idóneas" para garantizar el empleo y el servicio público de manipulación de las mercancías.
Desde el sindicato se considera que la sentencia condenatoria del TJUE al modelo de estiba español "es un primer paso para asaltar los sistemas portuarios de estiba de la UE".
Desde el sindicato se reafirman en la defensa del actual sistema portuario, alegando que la sentencia no es acorde a la realidad, además de obviar argumentos y objetivos fundamentales de la estiba española.
El Tribunal de Justicia Europeo estableció mayo de 2015 como plazo máximo para implantar la nueva directiva, mientras que los ministros, después de presentar unas primeras pautas, han pedido que su implantación obligatoria se retrase a mayo de 2017.
Para el presidente de Puertos del Estado, será preciso abordar próximamente una reflexión conjunta sobre el modelo de estiba que necesita España y "cómo debe ajustarse a la legalidad europea"
La naviera acarrea pérdidas de 250 millones de euros y, además de la resolución que obliga a devolver las ayudas de 2006, hay en marcha una segunda alegación que obligaría a devolver las ayudas del periodo 2007-2013.
Según los datos de la UE, el 15% de las infracciones por exceso de velocidad se cometen por conductores extranjeros y muchas de ellas quedaban sin castigo, algo que evitará la nueva medida, que 'reescribe' la base jurídica por la que el Tribunal Europeo de Justicia la suprimió en mayo.
Según la justicia europea, la Directiva aprobada en 2011 por el Parlamento y el Consejo europeos, se habría aprobado sobre una base jurídica equivocada, esto es, la cooperación policial, cuando "debería haber sido adoptada" sobre el fundamento de la seguridad vial.
El fallo se refiere a una orden de 2007 del Ministerio de Fomento, que imponía la obligación de obtener una autorización administrativa para el transporte privado complementario de mercancías.
Los jueces señalan además que "no procede limitar en el tiempo los efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno no obró de buena fe al mantener el impuesto durante más de 10 años”.